¿Quién puede dudar de que un embarazo producto de un abuso sexual puede afectar la salud de una niña de 11 años? No hay que ser médico para intuirlo. Ni siquiera tiene desarrollados los pechos. Ni tiene vello en el pubis. Pero el ministro de Salud de Entre Ríos pretende convertirla en una incubadora para que lleve a término una gestación que no eligió. La niña no sólo vive el sufrimiento mental causado por el ataque sexual, denunciado en la Justicia. Es de presumir que enfrenta el sufrimiento psicológico asociado con la pérdida de la integridad personal. Situaciones como una violación pueden afectar la salud de las mujeres, física y mentalmente, advierte el libro Causal Salud. Interrupción legal del embarazo, ética y derechos humanos (2008), publicado por la Federación Latinoamericana de Sociedades de Ginecología y Obstetricia (Flasog), entre otras entidades.
El libro analiza en profundidad uno de los supuestos de permiso legal para el aborto consagrados en la mayoría de los países de América latina y el Caribe, entre ellos la Argentina, y es el que se refiere a cuando la gestación pone en riesgo la salud de la mujer. El trabajo, en el que participaron destacadísimas especialistas del continente, plantea que el derecho a la salud debe ser entendido en un marco efectivo de protección de los derechos humanos de las mujeres. Es decir, “como interdependientes de los derechos a la vida, la dignidad, la autonomía, la libertad, el libre desarrollo de la personalidad, la información, la no discriminación, la igualdad, la intimidad, la privacidad, así como a estar libres de tratos crueles, inhumanos o degradantes, como ha sido caracterizada la continuación forzada de un embarazo o la falta de acceso a la interrupción legal de éste cuando la salud está en riesgo”.
El libro señala también que una de las facetas que expresan una afectación de la salud, en su dimensión social, es el proyecto de vida. Es decir, “si la gestación interfiere con ese proyecto, se afectará la salud”. De la misma forma que si el embarazo “fuerza a una mujer a abandonar el sistema educativo o a reducir sus expectativas de educación”. Sería muy valioso que el juez de Familia de Concordia, que tiene en sus manos por estas horas la posibilidad de gravitar en el futuro de esta niña, tome en cuenta estos argumentos.
De todas formas, el caso nunca debió llegar a la Justicia. Debió resolverse en la intimidad de un consultorio de un hospital público, como claramente indica el Protocolo de Atención a Personas Víctimas de Violación Sexual y la Guía Técnica de Atención Integral de los Aborto No Punible, elaborados por el Ministerio de Salud de la Nación. ¿Por qué el ministro Juan Manzur elige el silencio en lugar de defender la salud de una niña de 11 años? La ley avala su pedido para abortar. “Quiero volver a ser como antes”, les habría dicho a sus familiares. Es de esperar que no se dilate la resolución judicial y que tampoco –como en otros casos recientes– se pretenda obstaculizar la interrupción de embarazo atemorizando a la mamá, diciéndole que el aborto podría ser riesgoso para la salud y la vida de la niña. Hoy su salud corre riesgo. Y su pedido debe ser escuchado.
por Mariana Carbajal
No hay comentarios:
Publicar un comentario